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COMPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA MASCOTAS

La venta de piensos complementarios se ha incrementado en los últimos tiempos debido a que cada vez, nos preocupamos más por la salud de nuestras mascotas. Si estás interesado en la distribución y comercialización de estos productos, podemos ayudarte.

Cada vez nos preocupamos más por la salud y nutrición de nuestros animales de compañía y por el hecho de que tengan una vida lo más saludable posible. Por este motivo, en el mercado se ha incrementado la venta de productos destinados a nuestras mascotas con la finalidad de compensar su alimentación o nutrición así como apoyar distintas características que afectan a su salud.

El vínculo con nuestras mascotas es cada vez más fuerte y por tanto, los cuidados hacia nuestros animales de compañía cada vez es más exhaustivo y de calidad, lo que conlleva que se incremente la esperanza de vida de estos animales, siendo necesario apoyar su salud que puede verse deteriorada a causa del envejecimiento.


Entre los productos más demandados nos encontramos con aquellos que tienen un impacto sobre las articulaciones y huesos, los destinados a la protección del sistema inmunitario, a la protección del aparato digestivo, los destinados a apoyar la calidad y brillo del pelo o aquellos que promueven comportamientos más tranquilos, entre otros.



REGULACIÓN LEGAL DE LOS PIENSOS COMPLEMENTARIOS


A día de hoy, no existe una normativa específica que regule la comercialización de los complementos alimenticios para mascotas en el mercado europeo (denominados legalmente piensos complementarios), sino que ha de estarse a la amplia legislación general sobre alimentación animal europea.


Los empresarios de la industria alimentaria que estén interesados en la comercialización de este tipo de productos deben saber que es necesario la inscripción en el Registro General de Establecimientos en el Sector de la Alimentación Animal, necesitando, según el caso, una autorización previa al inicio de sus actividades o una comunicación previa al inicio de sus actividades a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma en la que estén ubicados.


Respecto a la composición de los piensos complementarios, sólo podrán utilizarse materias primas y aditivos procedentes de proveedores registrados o autorizados conforme a la normativa comunitaria de higiene de los piensos (Reglamento (CE) número 183/2005, artículos 9 y 10), y además, esas materias primas y aditivos deben estar incluidas en alguno de los siguientes listados: (I) Reglamento (UE) número 68/2013, por el que se establece el catálogo de materias primas para la alimentación animal; (II)Registro Comunitario de materias primas para piensos y (III) Registro comunitario de aditivos para piensos.


Por último, el etiquetado de los piensos complementarios deberá cumplir con las disposiciones del Reglamento (CE) número 767/2009 por el que se establecen las condiciones de comercialización de los piensos.



PODEMOS AYUDARTE


Si estás interesado en la comercialización de complementos alimenticios para mascotas, desde LexSupplements podemos ayudarte. Ponte en contacto con nosotros y te asesoramos acerca de los trámites necesarios y requisitos específicos que debes cumplir para poder distribuir este tipo de productos.





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